Oratoria/Oratoria grupal/Reunión de consorcio
Esta forma de reunión pertenece a la oratoria grupal privada (sin público).
La integran los copropietarios y el administrador de un inmueble o sus representantes.
Es un hecho social, no individual en el cual se concilian voluntades y se discuten cambios, propuestas y diversos asuntos de interés para el consorcio.
Generalidades
[editar]El objetivo de la reunión es definir líneas de acción conjunta intercambiando ideas y opiniones sobre los asuntos fijados en el orden del día.
La reunión puede ser propuesta por el administrador o a pedido de los consorcistas.
En ambos casos el administrador, como mandatario del consorcio convoca a los copropietarios. En Argentina, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 13.512, en el Reglamento de Copropiedad Horizontal y en el reglamento interno del edificio.
La reunión no es improvisada. La convocatoria se efectúa con antelación, informando lugar, fecha y hora y motivos de la misma. De esta manera el grupo interesado dispone de tiempo para preparar y ordenar ideas argumentadas.
¿Cómo lograr que la reunión de consorcio sea ordenada y efectiva?
La experiencia demuestra que su eficacia depende de la preparación y habilidad del conductor y del comportamiento del grupo.
Por ser una reunión de dinámica similar al Grupo de discusión, los participantes deben seguir los lineamientos indicados para los participantes de dicho grupo.
El conductor
[editar]El conductor debe conocer las reglas operativas que requiere la reunión para mantener su control. Es conveniente que sea experto en dinámica de grupos. Es habitual que el rol de conductor lo desempeñe el administrador.
Son sus funciones:
- designar al secretario encargado del acta, usualmente uno de los propietarios
- respetar el orden del día prefijado, evitando el desvío de los temas
- hacer participar a todo el grupo por igual
- impedir que todos hablen a la vez
- tener capacidad de síntesis en el intercambio de opiniones
- respetar los disensos de los participantes, haciéndolos constar en el acta
- procurar que la discusión tenga un espíritu dialógico tal, que logre aunar criterios sin dificultad
- no permitir que ningún participante acapare la reunión con su dialéctica
- respetar el tiempo fijado de antemano
El secretario de actas
[editar]La función del secretario de actas es:
- registrar por escrito una síntesis de lo expuesto y las conclusiones obtenidas, incluyendo los disensos
- leer el acta una vez finalizada la reunión y hacerla firmar por los participantes
Los consorcistas
[editar]Son funciones de los consorcistas:
- presentar al administrador documentos y/o poderes que los acrediten para participar con voz y voto en la reunión
- responder a las reglas dadas por el conductor, cooperando para que se cumpla el orden del día
- ser concisos y precisos al expresar sus opiniones
- no interrumpir al que está hablando
- evitar conversaciones y cuchicheos fuera de la reunión principal
- discutir y evaluar las propuestas con respeto y claridad
- sostener los disensos con argumentos válidos.